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Diligent students are writing test sitting at desks in lecture hall while handsome young man in glasses is asking questions talking to teacher. Education, knowledge and people concept. · Vitaly Gariev · Unsplash

BOE CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · Acuerdo

Poder Judicial convoca plazas

El Consejo General del Poder Judicial convoca 375 plazas para la Escuela Judicial y 200 para el Centro de Estudios Jurídicos, para acceder a la Carrera Judicial y Fiscal. El plazo de presentación de solicitudes no se especifica.


Crónica

El Consejo General del Poder Judicial convoca 375 plazas para la Escuela Judicial y 200 para el Centro de Estudios Jurídicos, para acceder a la Carrera Judicial y Fiscal. El plazo de presentación de solicitudes no se especifica.

El Consejo General del Poder Judicial ha convocado un proceso selectivo para cubrir 375 plazas en la Escuela Judicial y 200 en el Centro de Estudios Jurídicos, para acceder a la Carrera Judicial y Fiscal.

Los aspirantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, como ser mayor de edad, tener la nacionalidad española y poseer el título de Licenciatura o Grado en Derecho.

El proceso selectivo consistirá en una oposición libre y un curso selectivo en la Escuela Judicial o en el Centro de Estudios Jurídicos.

La convocatoria incluye un turno de reserva para personas con discapacidad, con 29 plazas disponibles. Las personas aspirantes que no obtengan plaza en este turno podrán ser incluidas en el turno libre si su puntuación es superior a la de otros aspirantes.

Análisis

Esta convocatoria supone una oportunidad para aquellos que desean acceder a la Carrera Judicial y Fiscal. Sin embargo, el proceso selectivo es riguroso y requiere que los aspirantes cumplan con estrictos requisitos. La reserva de plazas para personas con discapacidad es un paso positivo hacia la inclusión y la diversidad en la administración de justicia. Los aspirantes deberán estar preparados para una competencia intensa y deberán cumplir con los plazos y requisitos establecidos.

A quién afecta

  • Aspirantes a la Carrera Judicial
  • Aspirantes a la Carrera Fiscal
  • Personas con discapacidad
Texto íntegro del BOE desplegar

La Comisión de Selección a la que se refiere el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 306 del mismo texto y previa propuesta del Consejo General del Poder Judicial y del Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, ha acordado: parrafo I. Convocar pruebas selectivas para la provisión de trescientas setenta y cinco (375) plazas de alumnos y alumnas de la Escuela Judicial, para su posterior acceso a la Carrera Judicial por la categoría de juez, doscientas (200) plazas de alumnos y alumnas del Centro de Estudios Jurídicos, para su posterior ingreso en la Carrera Fiscal por la categoría de abogado fiscal, correspondiente a la oferta pública de empleo del año 2026. No obstante, lo anterior, si el número final de personas aprobadas es inferior al de las plazas convocadas, la Comisión de Selección ofrecerá un número de plazas igual al de las personas aprobadas, manteniendo en este caso la misma proporción que guardan las plazas convocadas en cada una de las carreras. parrafo_2 II. De las plazas expresadas, se reservan veintinueve (29) plazas para ser cubiertas por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33%, siempre que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el capítulo III del título I del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, cuyas previsiones resultarán de aplicación a este proceso selectivo. parrafo Las plazas no cubiertas por este turno acrecerán las del turno libre. parrafo En el caso de que alguna de las personas aspirantes que toman parte en el proceso por el turno de reserva para personas con discapacidad superase la oposición y no obtuviera plaza en ese turno, si su puntuación fuera superior a la obtenida por otros aspirantes del turno

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