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BOE MINISTERIO DE HACIENDA · Resolución

Hacienda emplaza a interesados

La Agencia Estatal de Administración Tributaria emplaza a personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo 1360/2026, interpuesto por el Sindicato UGT, para que se personen en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un plazo de 9 días. El recurso cuestiona la inactividad de la Administración en relación con la restitución del Acuerdo sobre el Desarrollo de la Carrera Profesional y administrativa 2007.


Crónica

La Agencia Estatal de Administración Tributaria emplaza a personas interesadas en el recurso contencioso-administrativo 1360/2026, interpuesto por el Sindicato UGT, para que se personen en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en un plazo de 9 días. El recurso cuestiona la inactividad de la Administración en relación con la restitución del Acuerdo sobre el Desarrollo de la Carrera Profesional y administrativa 2007.

El Sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración en relación con la restitución del Acuerdo sobre el Desarrollo de la Carrera Profesional y administrativa 2007. La Agencia Estatal de Administración Tributaria, a través de su Dirección de Recursos Humanos, emplaza a las personas interesadas en este procedimiento para que se personen en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, en un plazo de 9 días a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución.

El recurso se basa en la inactividad de la Administración para adoptar medidas urgentes e inmediatas para la restitución de la plena vigencia del contenido del Acuerdo de 2007. La UGT considera que la Administración ha incumplido sus obligaciones en relación con este acuerdo y busca que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se pronuncie sobre esta cuestión.

La resolución de la Agencia Estatal de Administración Tributaria se publica en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, que establece el procedimiento para emplazar a las personas interesadas en un recurso contencioso-administrativo. En este caso, el plazo para personarse es de 9 días, lo que permite a las partes interesadas comparecer y defender sus derechos en el procedimiento.

El coste de este procedimiento recae sobre los recursos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberán gestionar y resolver el recurso contencioso-administrativo. Las partes interesadas, incluyendo el Sindicato UGT y la Administración, deberán asumir los costes de su propia representación y defensa en el procedimiento.

A quién afecta

  • Sindicato UGT
  • Agencia Estatal de Administración Tributaria
  • Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Texto íntegro del BOE desplegar

Ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, ha sido interpuesto por el Sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) un recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración en relación con la instancia y requerimiento formal para la adopción e instrumentación de medidas urgentes e inmediatas para la restitución de la plena vigencia del contenido del Acuerdo sobre el Desarrollo de la Carrera Profesional y administrativa 2007. parrafo A tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, se emplaza a aquellas personas que tuvieran interés en el procedimiento, para que, si así lo desean, puedan comparecer y personarse en los autos ante el referido Tribunal en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. parrafo Madrid, 5 de junio de 2026.–La Directora del Departamento de Recursos Humanos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Consuelo Sánchez García. parrafo_2

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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