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BOE CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · Acuerdo

Poder Judicial convoca plazas

El Consejo General del Poder Judicial convoca un proceso selectivo para cubrir 15 plazas de Magistrado entre juristas con más de 10 años de experiencia en derecho civil. El plazo para presentar solicitudes no se especifica.


Crónica

El Consejo General del Poder Judicial convoca un proceso selectivo para cubrir 15 plazas de Magistrado entre juristas con más de 10 años de experiencia en derecho civil. El plazo para presentar solicitudes no se especifica.

El Consejo General del Poder Judicial ha acordado convocar un proceso selectivo para cubrir 15 plazas de Magistrado entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias del orden jurisdiccional civil. De estas plazas, la tercera parte se reservará a miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de primera o segunda categoría. Además, se reservará una plaza para ser cubierta por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100.

El proceso selectivo se ajustará a las normas contenidas en el acuerdo y, en lo no contemplado expresamente, por las disposiciones de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial. Los requisitos generales de participación incluyen tener nacionalidad española, ser mayor de edad y no tener la edad de jubilación en la Carrera Judicial, así como no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas.

Los aspirantes deberán poseer la Licenciatura o el Grado en Derecho y contar con más de diez años de ejercicio efectivo de profesión jurídica y especializada en las materias propias del orden civil. El coste de este proceso recae sobre los aspirantes, que deberán cumplir con los requisitos establecidos y superar las pruebas selectivas. Norma de alcance simétrico, ya que afecta a todos los aspirantes por igual.

A quién afecta

  • Juristas
  • Letrados de la Administración de Justicia
  • Personas con discapacidad
Texto íntegro del BOE desplegar

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de fecha 9 de junio de 2026, en virtud de las competencias delegadas en el punto noveno, apartado 1.a) del Acuerdo del Pleno de 23 de octubre de 2024 (BOE de 28 de octubre), y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 301.5, 311.1 y 311.3 y 313 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, ha acordado: parrafo 1. Convocar un proceso selectivo para la provisión de quince (15) plazas entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias del orden civil, para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado o Magistrada. parrafo_2 2. De las plazas expresadas, la tercera parte se reservará a miembros del Cuerpo de letradas y letrados de la Administración de Justicia de primera o segunda categoría, acreciendo a las del resto de juristas en el caso de no ser cubiertas, de conformidad con lo establecido en el artículo 311.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. parrafo 3. Se reservará una (1) plaza para ser cubierta por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, siempre que superen las pruebas selectivas y acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el capítulo III del título I del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, cuyas previsiones resultarán de aplicación a este proceso selectivo. parrafo Durante el procedimiento selectivo se dará un tratamiento diferenciado al cupo de personas con discapacidad, llamamientos a los ejercicios y relación de personas aprobadas. parrafo 4. A todos los efectos, se considerará una única convocatoria las que, con la misma fecha, sean aprobadas por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en virtud de las competencias delegadas

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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