Crónica
El Consejo General del Poder Judicial convoca un proceso selectivo para cubrir 20 plazas de Magistrado entre juristas con más de diez años de experiencia en materias contencioso-administrativas, con un plazo de presentación de solicitudes a determinar. La convocatoria incluye una plaza reservada para personas con discapacidad.
El Consejo General del Poder Judicial ha iniciado el proceso para cubrir 20 plazas de Magistrado en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Esta convocatoria está dirigida a juristas con más de diez años de ejercicio profesional en este ámbito, ofreciendo una oportunidad para aquellos con experiencia y especialización en materias como la administración pública, el derecho administrativo y el procedimiento contencioso-administrativo.
Los requisitos para participar en este proceso selectivo incluyen poseer la licenciatura o grado en Derecho, tener más de diez años de ejercicio efectivo de profesión jurídica especializada en materias contencioso-administrativas, y cumplir con los requisitos generales de participación como tener nacionalidad española y no haber sido separado del servicio en cualquier administración pública.
La convocatoria también incluye una plaza reservada para personas con discapacidad, lo que refleja el compromiso del Consejo General del Poder Judicial con la igualdad de oportunidades y la inclusión. Los aspirantes seleccionados deberán superar un proceso de evaluación que incluirá pruebas teóricas y prácticas, y aquellos que resulten aprobados serán nombrados Magistrados y tomarán posesión de su cargo una vez completado el proceso.
Esta convocatoria es una oportunidad para que juristas experimentados puedan unirse a la Carrera Judicial y contribuir a la administración de justicia en España. El Consejo General del Poder Judicial busca asegurar que los Magistrados que se incorporen al sistema judicial tengan la experiencia y los conocimientos necesarios para desempeñar sus funciones de manera efectiva y justa.
Análisis
La convocatoria de plazas para Magistrados por el Consejo General del Poder Judicial refleja la necesidad de incorporar experiencia y especialización en el sistema judicial. Esta medida puede sentar un precedente para futuras convocatorias, enfatizando la importancia de la experiencia profesional en la selección de Magistrados. Los juristas que aspiren a estas plazas deben prepararse para un proceso selectivo riguroso que evalúe su conocimiento y capacidad para desempeñar el cargo de manera efectiva.
A quién afecta
- Juristas con experiencia en derecho administrativo
- Personas con discapacidad
Texto íntegro del BOE desplegar
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de fecha 9 de junio de 2026, en virtud de las competencias delegadas en el punto noveno, apartado 1 a) del Acuerdo del Pleno de 23 de octubre de 2024 (BOE de 28 de octubre), y en cumplimiento de lo establecido en los artículos 301.5, 311.1 y 311.3 y 313 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, ha acordado: parrafo 1. Convocar un proceso selectivo para la provisión de veinte (20) plazas entre juristas de reconocida competencia con más de diez años de ejercicio profesional en las materias propias del orden contencioso-administrativo, para el ingreso en la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado o Magistrada. parrafo_2 2. De las plazas expresadas, la tercera parte se reservará a miembros del Cuerpo de letradas y letrados de la Administración de Justicia de primera o segunda categoría, acreciendo a las del resto de juristas en el caso de no ser cubiertas, de conformidad con lo establecido en el artículo 311.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. parrafo 3. Se reservará una (1) plaza para ser cubierta por personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por 100, siempre que superen las pruebas selectivas y acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en el capítulo III del título I del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, cuyas previsiones resultarán de aplicación a este proceso selectivo. parrafo Durante el procedimiento selectivo se dará un tratamiento diferenciado al cupo de personas con discapacidad, llamamientos a los ejercicios y relación de personas aprobadas. parrafo 4. A todos los efectos, se considerará una única convocatoria las que, con la misma fecha, sean aprobadas por la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en virtud de las co
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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