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BOE MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN · Resolución

AECID convoca Director

La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo convoca una plaza de Director de Centro de Formación en Cartagena de Indias, Colombia, con un contrato de dos años prorrogable. La plaza está destinada a personal directivo y tendrá funciones de dirección y gestión de recursos.


Crónica

La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo convoca una plaza de Director de Centro de Formación en Cartagena de Indias, Colombia, con un contrato de dos años prorrogable. La plaza está destinada a personal directivo y tendrá funciones de dirección y gestión de recursos.

La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) ha convocado una plaza de Director de Centro de Formación en Cartagena de Indias, Colombia. El contrato tendrá una duración de dos años, prorrogable por un máximo de tres años adicionales. El puesto está destinado a personal directivo y tendrá funciones de dirección y gestión de recursos, incluyendo la dirección del personal del Centro de Formación y la gestión de los recursos económicos asignados.

El proceso selectivo se llevará a cabo de acuerdo con las bases establecidas por la AECID, y la incorporación será inmediata al finalizar el proceso. Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas por el Ministerio de Transformación Digital y Función Pública.

La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado, en la página web del Portal del Ciudadano y en la de la AECID.

La AECID busca un candidato con experiencia en dirección y gestión de recursos, así como con conocimientos en cooperación internacional y desarrollo sostenible. El puesto requiere una alta capacidad de liderazgo y gestión, así como habilidades para trabajar en un entorno internacional.

A quién afecta

  • AECID
  • Personal directivo
Texto íntegro del BOE desplegar

El Estatuto de la Agencia Estatal «Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo» (AECID, en adelante), aprobado por Real Decreto 1246/2024, de 10 de diciembre, establece en su artículo 27 la estructura básica de la Agencia en el exterior. Asimismo, el artículo 32 de la Ley 1/2023, de 20 de febrero, de Cooperación Internacional para el Desarrollo Sostenible y la Solidaridad Global, establece que las Oficinas de la Cooperación Española (en adelante, OCE) son unidades adscritas orgánicamente a las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe/a de Misión y la dependencia funcional de la AECID, aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución de los recursos de la cooperación en su demarcación. parrafo Asimismo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 47.1) del citado Estatuto, el personal al frente de los órganos de la AECID en el exterior tendrá la consideración de personal directivo y sus puestos de trabajo serán cubiertos en régimen laboral mediante contratos de alta dirección, formalizados al amparo del Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección, el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y de la demás legislación civil y mercantil que resulte de aplicación. parrafo Por tanto, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por la Orden PRE/1914/2009, de 13 de julio, aprobadas las bases por la Dirección General de la Función Pública y teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 7 de octubre de 2025, por el que se aprueba el IV Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en l

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